Portal de las Acciones de Fomento de la Administración
Pública Federal para las Organizaciones de la Sociedad Civil

 

El Consejo Técnico Consultivo es un órgano de asesoría y consulta, de carácter honorífico, que tendrá por objeto proponer, opinar y emitir recomendaciones respecto de la administración, dirección y operación del Registro, así como concurrir anualmente con la Comisión para realizar una evaluación conjunta de las políticas y acciones de fomento. (Art. 26 Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil).

Para el cumplimiento de su objeto el Consejo Técnico Consultivo tendrá las funciones siguientes: (Art. 29 Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil):

  1. Analizar las políticas del Estado mexicano relacionadas con el fomento a las actividades señaladas en el artículo 5 de esta ley, así como formular opiniones y propuestas sobre su aplicación y orientación;
  2. Impulsar la participación ciudadana y de las organizaciones en el seguimiento, operación y evaluación de las políticas del Estado mexicano señaladas en la anterior fracción;
  3. Integrar las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones;
  4. Sugerir la adopción de medidas administrativas y operativas que permitan el cumplimiento de sus objetivos y el desarrollo eficiente de sus funciones;
  5. Coadyuvar en la aplicación de la presente ley;
  6. Emitir recomendaciones para la determinación de infracciones y su correspondiente sanción, en los términos de esta ley. Las recomendaciones carecen de carácter vinculatorio, y
  7. Expedir el Manual de Operación conforme al cual regulará su organización y funcionamiento.

Sesiones

2008

2007

2006

2005

Procesos de Selección de Consejeros

Documentos

  • Discurso de la Consejera Ana María Salazar en la Toma de Protesta de nuevos integrantes del Consejo Técnico Consultivo 28 de Febrero de 2007